Fiscalidad España

Impuestos sobre criptomonedas en España 2026

Guía fiscal completa: tramos del IRPF, Modelo 721, método FIFO y cómo declarar a Hacienda, con ejemplos y enlaces oficiales.

Actualizado: 30 may 2026
IRPF
19–28%
Según la ganancia
Modelo 721
50.000 €
Umbral en el extranjero
Método
FIFO
Obligatorio en España
Renta (M100)
Abr–Jun
Plazo de declaración

Resumen clave

  • Las criptomonedas tributan en el IRPF como ganancia patrimonial, con tipos del 19% al 28%.
  • Tributas al vender, permutar cripto por cripto, pagar con cripto y por recompensas de staking/airdrops. Comprar y mantener (HODL) no.
  • Modelo 721: informativo, obligatorio si superas 50.000 € en el extranjero a 31 de diciembre.
  • En España es obligatorio el método FIFO.
  • No declarar conlleva sanciones, recargos e intereses.

¿Cómo tributan las criptomonedas?

La Agencia Tributaria considera las criptomonedas como activos. La mayoría de operaciones tributan en el IRPF: las ganancias por venta o permuta se integran en la base del ahorro, con tipos progresivos:

GananciaTipo
Hasta 6.000 €19%
6.000 € – 50.000 €21%
50.000 € – 200.000 €23%
200.000 € – 300.000 €27%
Más de 300.000 €28%

¿Qué operaciones debes declarar?

1

Vender por euros

Vender cripto por moneda fiat genera ganancia o pérdida.

2

Permutar cripto por cripto

Cambiar una cripto por otra también tributa, aunque no pases por euros.

3

Pagar con cripto

Comprar bienes o servicios con cripto se considera una venta.

4

Staking y airdrops

Las recompensas tributan como rendimiento del capital mobiliario.

No tributan: comprar y mantener (HODL) ni transferir entre tus propias wallets.

Modelos fiscales: 721 y 100

Modelo 721 (informativo)

  • Para criptos en plataformas o wallets fuera de España
  • Obligatorio si superas 50.000 € a 31 dic
  • Plazo: 1 enero – 31 marzo

Modelo 100 (IRPF)

  • Donde declaras ganancias y pérdidas
  • También rendimientos de staking
  • Plazo: abril – junio

Detalle del Modelo 721 en nuestra guía del Modelo 721.

¿Cómo calcular la ganancia? (FIFO)

Ganancia = Precio de venta − Precio de compra − Comisiones

En España se aplica el método FIFO (primero en entrar, primero en salir): si vendes una parte, se consideran vendidas las unidades más antiguas. Ejemplo: compraste 1 BTC a 20.000 € y lo vendes a 30.000 € (100 € de comisiones) → ganancia de 9.900 €, que tributa por tramos (19% los primeros 6.000 €, 21% el resto). Lo desarrollamos en cuánto se paga al vender Bitcoin y DCA y coste medio.

Sanciones por no declarar

No declarar puede acarrear recargos, intereses de demora y sanciones. Hacienda recibe información de los exchanges (Modelo 173) y la UE intercambia datos fiscales sobre cripto. Cumplir sale más barato que arriesgarse.

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Preguntas frecuentes

¿Tengo que declarar si solo compré y no vendí?

No. Comprar y mantener (HODL) no genera obligación en el IRPF hasta que vendas, permutes o uses tus criptos.

¿Puedo compensar pérdidas con ganancias?

Sí, las pérdidas patrimoniales se compensan con ganancias del ejercicio y, si quedan, con las de los 4 años siguientes.

¿Hacienda sabe que tengo criptomonedas?

Sí. Los exchanges reportan información (Modelo 173) y existe intercambio automático de datos en la UE.

¿Cómo declaro el staking?

Las recompensas se declaran como rendimiento del capital mobiliario al recibirlas. Más en la guía de staking e impuestos.

Fuentes oficiales

Contenido informativo, no asesoramiento fiscal. La normativa puede cambiar; consulta la fuente oficial y, ante dudas, a un asesor fiscal.
TC

Equipo TechCryptos

Verificamos la información fiscal contra el BOE y la Agencia Tributaria. Publicamos nuestra metodología de forma abierta.