¿Cómo tributa el staking en España?
El staking consiste en bloquear criptomonedas para ayudar a validar una red y recibir recompensas a cambio. En cuanto a su fiscalidad, la Dirección General de Tributos (DGT), en la consulta vinculante V1766-22, equipara el staking a un depósito retribuido: las recompensas se consideran rendimientos del capital mobiliario y se integran en la base del ahorro del IRPF.
¿Cuándo y por cuánto se declara?
Las recompensas se valoran en euros en el momento en que las recibes y puedes disponer de ellas. Ese valor es el rendimiento que debes declarar. La base del ahorro tributa por tramos (del 19% al 28%), los mismos que aplican a las ganancias patrimoniales.
Doble momento fiscal: primero tributas por la recompensa al recibirla (rendimiento del capital mobiliario). Después, si vendes esas monedas, se genera además una ganancia o pérdida patrimonial por la diferencia de valor desde que las recibiste.
Ejemplo
- Recibes recompensas de staking valoradas en 300€ a lo largo del año.
- Declaras esos 300€ como rendimiento del capital mobiliario.
- Si más tarde vendes esas monedas por 350€, declaras además una ganancia patrimonial de 50€.
Matices importantes
La fiscalidad del staking no está exenta de debate y la calificación concreta puede depender de cómo se obtenga la recompensa (staking directo, liquid staking, a través de un exchange, etc.). Por eso conviene guardar el registro de fechas y valoraciones y, en casos complejos, consultar con un asesor fiscal. Aprende más sobre el staking en sí en nuestra guía de staking de Ethereum.
Aviso: contenido informativo, no asesoramiento fiscal. La interpretación de la DGT puede evolucionar; confirma el criterio vigente y consulta a un profesional para tu caso.